Comité Paritario de Higiene y Seguridad
Funciones
Las funciones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad son las siguientes, de acuerdo con el Artículo 47 del Decreto Supremo 44 (2023):
Asesorar e instruir a las personas trabajadoras para la correcta utilización de los instrumentos de protección, entendidos estos no solo como los elementos de protección personal, sino como todo dispositivo tendiente a controlar riesgos de accidentes o enfermedades en el ambiente de trabajo (protección de máquinas, sistemas o equipos de captación de contaminaciones del aire, etc.).
Vigilar el cumplimiento tanto por parte de las entidades empleadoras como de las personas trabajadoras, de las medidas de prevención o de seguridad y salud en el trabajo.
Investigar, con resguardo a la información de carácter sensible o confidencial, las causas de los accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, incidentes peligrosos, y cualquiera otra afección que afecte en forma reiterada o general a los trabajadores y sea presumible que tenga su origen en la utilización de productos fitosanitarios, químicos o nocivos para la salud.
Decidir si el accidente del trabajo o la enfermedad profesional cuyas causas hubiere investigado previamente, se debió a negligencia inexcusable de la persona trabajadora en los términos del artículo 70 de la Ley N°16.744.
Indicar la adopción de todas las medidas de seguridad y salud que sirvan para la prevención de los riesgos laborales.
Promover la realización de cursos destinados a la capacitación profesional de las personas trabajadoras en proveedores públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma entidad empleadora, faena, sucursal o agencia bajo el control y dirección de tales proveedores.
Informar a la entidad empleadora, cuando detectare que en el lugar de trabajo hubiese sobrevenido un riesgo grave e inminente para la vida o salud de las personas trabajadoras, a fin de que esta adopte las medidas a que haya lugar, de acuerdo con el artículo 184 bis del Código del Trabajo y, en su caso, informar adecuadamente a las personas trabajadoras del ejercicio de los derechos que dicha norma les confiere.
Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
Integrantes
- Deborah Egly Cáceres, Titular elegido (Secretaria)
- Maritza Córdova Silva, Titular elegido
- Luis Santander López, Titular elegido
- Erika Gómez Díaz, Titular empresa
- Beatriz Molina Ramírez ,Titular empresa
- Yorka Quitral Abarca, Titular empresa (Presidenta)
- Marisol Sandoval Morales, Suplente elegido
- Paulina Morales Roldán, Suplente elegido
- Solange Quintana Palominos, Suplente elegido
- Gastón Higuera Guajardo, Suplente empresa
- Javiera Villaseca Iturrieta, Suplente empresa
- Moisés Sandoval González, Suplente empresa
- Eduardo Abarca Moreno, Asesor INTA
- Camilo Sánchez Rivas, Asesor ACHS
Contacto
comiteparitario@inta.uchile.cl