Adulteración y fraude alimentario: Una perspectiva global

Adulteración y fraude alimentario: Una perspectiva global

La inocuidad alimentaria es un concepto inherente a la calidad de un alimento; es la garantía de que un alimento es apto para el consumo humano sin causar daño a la salud. La garantía de inocuidad debe ser sostenible en el tiempo, a lo largo de toda la cadena alimentaria, y es una responsabilidad compartida entre productor, consumidor y autoridades.

En la industria de alimentos, la necesidad de reducir costos de fabricación, sumado a la globalización y liberalización del comercio mundial, ha aumentado el riesgo de prácticas fraudulentas en la producción de alimentos; las normas y reglamentos sobre inocuidad alimentaria se vuelvan ineficaces y se pone en riesgo la salud de la población (1).

La adulteración de alimentos implica alteración de un alimento y, en consecuencia, afecta la inocuidad y la calidad alimentaria. Sin embargo, este concepto puede ser no intencional, incluso desconocido, y no es nuevo; se practica desde hace siglos. El primer libro sobre adulteración de alimentos fue escrito en el año 1820 por el químico alemán Frederick Accum y se tituló Treatise on Adulteration of Food ("Tratado sobre la adulteración de alimentos"). A través de este texto se denunció, por primera vez, la utilización de ingredientes tóxicos en la preparación de alimentos, marcando el comienzo del interés por la alimentación.

Cuando la adulteración es intencional, se puede hablar de fraude alimentario: acción intencionada para engañar a otros respecto de la integridad de un alimento, adulterándolo o incumpliendo la regulación alimentaria, con el objetivo de obtener un beneficio económico (2).

Existen distintos tipos de fraudes que pueden sufrir los productos alimenticios, dentro de los cuales se encuentra la adición y sustitución de elementos, la dilución, un etiquetado incorrecto, falso origen geográfico, entre otros (Figura 1); todos tienen en común la motivación económica. El fraude alimentario ha ido en aumento, con métodos cada vez más sofisticados y difíciles de detectar, lo que obliga a disponer de técnicas más específicas y sensibles para su identificación.

En las últimas décadas, han existido casos que han tenido gran connotación pública a nivel mundial, como el ocurrido en España en 1981, con la venta de aceite de oliva adulterado con diversos productos químicos, lo que generó alrededor de 300 muertes asociadas a su consumo. El año 2008, en China se detectó la adición de melamina en fórmulas de leche maternizada, resultando en 50.000 bebés hospitalizados y 6 fallecidos.

Chile no ha estado ajeno a este tipo de prácticas. En 1991 se produjo una intoxicación masiva por el consumo de galletas conocidas como “Galletas Competa”, en las cuales se encontró dentro de sus ingredientes, nitrito de amonio en altas concentraciones. En el año 2007, el producto ADN Pediátrico elaborado por la empresa B. Braun medical S.A. presentó niveles de potasio 99 por ciento menor de lo señalado en su etiquetado, produciendo hipokalemia en diferentes pacientes de clínicas y hospitales públicos y privados. En ambos casos hubo hospitalizaciones y fallecidos. En el año 2008, la empresa R y P S.A. importó grandes cantidades de leche en polvo destinada a consumo animal, no apta para consumo humano, siendo re-envasada y ofrecida para el consumo humano (3).

El fraude alimentario es, actualmente, un tema de preocupación mundial, debido principalmente a que durante el último tiempo los productores se han visto enfrentados a un mayor desafío a la hora de asegurar que los productos ofrecidos son lo que dicen ser. Existe una gran cantidad de productos alimentarios con mayor riesgo de sufrir fraude alimentario, tales como; el aceite de oliva, miel de abejas, vinos, pescados, moluscos, leche, quesos de alto valor, especias, ciertos jugos de fruta, café, té y carnes. Por lo anterior, en la actualidad se ha elaborado un conjunto de especificaciones y normas reconocidas internacionalmente para prevenir el fraude alimentario. Dentro de estas, encontramos las regulaciones de la FDA (Administración de Drogas y Alimentos de EE. UU), los reglamentos de la Unión Europea, y también normas o directrices voluntarias como las normas de referencia establecidas por el Codex Alimentarius para una variedad de productos alimenticios. Ellas proporcionan un punto de referencia de la calidad esperada o la autenticidad de modo que se puede determinar cualquier desviación que se aleje de los estándares de calidad. Estos sistemas de gestión de seguridad alimentaria aparecen como respuesta a la necesidad de garantizar al consumidor la inocuidad de los alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria.

También, dependiendo del tipo de fraude alimentario, existen diferentes tipos de pruebas analíticas y parámetros que contribuyen a detectar estas prácticas por parte de la industria. Dentro de las técnicas analíticas más utilizadas para la autenticación de alimentos se encuentran; la espectroscopia (MIR, NIR, Raman, NMR, entre otras), espectrometría de masas, uso de isótopos estables y los métodos de ADN-PCR. (4).

En Chile, el fraude alimentario no se encuentra tipificado en el Código Penal, cuerpo normativo que regula actualmente los delitos y sus penas. Sólo tienen sanción los casos que comercializan alimentos que dañan la salud de las personas (Art. 315) (5). El Ministerio de Salud desarrolla sus políticas públicas a través del Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) que contempla definiciones para alimentos alterados, falsificados, contaminados y adulterados (Art .98, 99 y 100) y permite sancionar las situaciones en que pudiera identificarse la ocurrencia de un fraude alimentario (6).

Para Chile, como país exportador de alimentos, prevenir el fraude alimentario mediante la autenticidad y determinación de su origen con trazabilidad basada en información científica se ha convertido en un gran desafío. Cuando los alimentos no pueden ser verificados en cuanto a su autenticidad o su origen, el alimento pierde atributos de calidad y su valor comercial.

Abordar la prevención del fraude alimentario es de suma importancia, así como el sensibilizar a la industria alimentaria nacional y al público en general sobre la relevancia del tema y como esto les puede afectar directamente.

 

Referencias

  1. Fung F, Wang H-S, Menon S. Food safety in the 21st century. Biomed.J. 2018, 41; 88-95.
  2. European Commission, Food Safety. Food fraud: What does it mean? disponible en  https://food.ec.europa.eu/safety/agri-food-fraud/food-fraud-what-does-it-mean_en
  3. Valenzuela MS, Revisión y Análisis del Fraude Alimentario en Chile. Informe I ,2018. Disponible en: https://es.scribd.com/document/516099222/Revision-y-Analisis-del-Fraude-Alimentario-en-Chile
  4. Esteki M, Regueiro J, Simal-Gándara J. Tackling fraudsters with global strategies to expose fraud in the food chain. Compr Rev Food Sci Food Saf 2019;18(2):425–40. Disponible en: https://ift.onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1111/1541-4337.12419
  5. Código Penal de la República de Chile, 2020; disponible en https://www.pucv.cl/uuaa/site/docs/20200416/20200416125903/c__digo_penal_de_la_rep__blica_de_chile.pdf
  6. Reglamento Sanitario de los Alimentos, 2022; disponible en https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1178217

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